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jueves, 21 de septiembre de 2017

Sistema de Gobierno España vs República Dominicana

La política de España es el conjunto de condiciones administrativas que las leyes de España dictan para el funcionamiento que los órganos legislativos consideran apto para el país. De acuerdo a la clasificación de sistemas de gobierno en el mundo, España posee la forma de monarquía parlamentaria, pues su poder legislativo (representado en la figura de las Cortes Generales) ejerce el control del ejecutivo, así como funciones legislativas; con excepción de potestades legislativas gubernamentales, como los Reales Decretos Ley que deben en todo caso ser debatidos, convalidados o derogados por el Congreso de los Diputados en un plazo no superior a 30 días.
En España, al igual que prácticamente todos los países de su entorno, no existe una democracia participativa o semidirecta, como por ejemplo en Suiza; aunque si es posible mediante la recogida de al menos medio millón de firmas proponer una iniciativa legislativa popular, que requiere para su aprobación someterse al debate y convalidación de las Cortes Generales.

Es un sistema parlamentario, cuyos poderes emanan del pueblo español; en el que el candidato a Presidente del Gobierno debe ser aprobado al menos por mayoría simple en el Congreso de los Diputados. El Presidente elegido permanece en el cargo mientras conserve la confianza de los diputados o se disuelvan las cámaras, bien por decisión suya o por conclusión de la legislatura.

De acuerdo con la Constitución de 1994, la República Dominicana es una democracia representativa en la que el poder está dividido entre tres ramas independientes: los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El sistema de gobierno, tal como está definido por la Constitución, es democrático, representativo y presidencial.

El ejercicio del Poder Ejecutivo recae en el Presidente de la República y en el gabinete integrado por Secretarios de Estado designados por él. El Presidente es electo por el voto directo de la mayoría absoluta (50% más 1 voto) para un período de cuatro años. Si ninguna candidatura obtiene esta cantidad en una primera vuelta de votaciones, se celebra una segunda vuelta cuarenta y cinco días después de la primera. Conforme a la reforma constitucional de 1994, en la actualidad, la reelección del Presidente en períodos sucesivos está prohibida.

El Poder Legislativo es ejercido por un Congreso bicameral, compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados. Los miembros de ambas cámaras son electos por voto directo en comicios distintos a los presidenciales y por un período de cuatro años. Actualmente existen 32 senadores, uno por cada una de las provincias del país y por el Distrito Nacional. Además, hay 152 diputados, cada uno representa a cincuenta mil habitantes o a una fracción de más de veinticinco mil habitantes en cada una de las provincias y en el Distrito Nacional.

El Poder Judicial está representado por la Suprema Corte de Justicia, las Cortes de Apelaciones, los Tribunales de Tierras, los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Paz. 

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